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Beneficiario secundario

Beneficiario secundario

驴Qu茅 es un Beneficiario Secundario?

Un beneficiario secundario, tambi茅n conocido como beneficiario contingente, es una persona o entidad que hereda activos en virtud de un testamento, fideicomiso o cuenta (p. ej., p贸liza de seguro o anualidad) cuando el beneficiario primario fallece antes que el otorgante.

Un beneficiario secundario o contingente hereda activos solo cuando cumple ciertas condiciones, como la muerte del beneficiario primario o la decisi贸n del beneficiario primario de renunciar a su herencia. Si no se puede encontrar un beneficiario principal en el momento de la muerte del otorgante, los activos podr铆an pasar al beneficiario secundario. Los requisitos y el tiempo para localizar al beneficiario principal var铆an seg煤n la cuenta o documento legal que rija los bienes.

Comprender a los beneficiarios secundarios

Las partes tambi茅n pueden nombrar beneficiarios secundarios para cuentas de jubilaci贸n u otros veh铆culos de inversi贸n y jubilaci贸n; hacerlo puede evitar la sucesi贸n si el beneficiario principal no puede heredar los activos. Por ejemplo, tras la emisi贸n de una p贸liza de seguro, anualidad, 401(k), plan de ahorros para la universidad 529, cuenta de ahorros para la salud ( HSA ) o fideicomiso, el titular de la cuenta nombra a qui茅n o qu茅 (p. ej., fideicomiso o caridad) desea recibir los bienes al fallecer. A veces, las partes nombradas pueden recibir los activos si el titular de la cuenta est谩 incapacitado. En estos escenarios, muchas veces es posible nombrar a m谩s de un beneficiario primario o contingente, asignando porcentajes entre los seleccionados. Muchas p贸lizas proh铆ben la asignaci贸n de montos, ya que los valores pueden cambiar durante la vigencia de la cuenta y, por lo tanto, pueden crear problemas al fallecer.

La designaci贸n de beneficiarios puede ser un proceso sofisticado. Por ejemplo, algunas cuentas permiten designaciones por stirpes, en las que los herederos de un beneficiario reciben los activos prorrateados si el beneficiario falleci贸 antes que el titular de la cuenta.

Consideraciones Especiales

Un testamento es una declaraci贸n legalmente exigible que detalla c贸mo una persona desea distribuir sus bienes al fallecer. Aunque su formato var铆a, la mayor铆a sigue un dise帽o bastante uniforme, comenzando con una declaraci贸n de que el testador, que debe tener al menos 18 a帽os o estar casado, es mayor de edad y hace el testamento por su propia voluntad. Adem谩s, el testamento nombra un albacea (la persona que ejecuta o lleva a cabo el testamento), un tutor para los hijos menores y el(los) beneficiario(s). Por ejemplo, un testamento podr铆a detallar las cuentas bancarias y dividir la propiedad entre varias personas. Los activos que son de propiedad conjunta tambi茅n se dividen en consecuencia. En un testamento, es fundamental ser lo m谩s claro y espec铆fico posible para evitar desaf铆os legales y gastos relacionados.

La mayor铆a de los estados requieren la presencia de testigos en la ejecuci贸n del testamento. En Iowa, por ejemplo, un testamento v谩lido debe tener dos testigos competentes, de al menos 16 a帽os de edad. Estas personas deben firmar el testamento en presencia tanto del testador como entre s铆. Asimismo, el testador debe dar fe verbalmente ante los testigos de que es su voluntad.

En algunos casos, un testamento puede ser auto-probado. Esto puede suceder si, al momento de su creaci贸n, tanto el testador como los testigos firman declaraciones juradas que describen c贸mo se ejecut贸 el testamento. En todos los casos, se recomienda contar con la asistencia de un abogado para asegurarse de que el testamento es v谩lido y sus instrucciones se llevan a cabo como se desea.

Reflejos

  • En algunos casos, un beneficiario secundario puede heredar los bienes si el beneficiario principal renuncia a su herencia o est谩 incapacitado.

  • Se puede nombrar un beneficiario secundario en un testamento, fideicomiso, cuenta de retiro o inversi贸n y otras cuentas en las que los bienes son hereditarios.

  • Un beneficiario secundario o contingente es una persona o entidad designada para heredar bienes si el beneficiario primario fallece antes que el otorgante.