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Beneficiario discrecional

Beneficiario discrecional

驴Qu茅 es un beneficiario discrecional?

Los beneficiarios discrecionales son individuos o entidades que un fideicomitente nombra en un fideicomiso,. p贸liza de seguro de vida o plan de jubilaci贸n que solo recibir谩n sus distribuciones en el momento que se haya considerado apropiado, como si superan ciertos hitos en edad o educaci贸n. Si bien pueden solicitar distribuciones, depende de los fideicomisarios determinar si el pago se realizar谩 de acuerdo con la direcci贸n discrecional. En los Estados Unidos, un beneficiario discrecional no tiene ning煤n inter茅s de propiedad legal en un fideicomiso.

Comprensi贸n de los beneficiarios discrecionales

Por lo general, existe una raz贸n particular para que una persona sea nombrada beneficiario discrecional. Por ejemplo, pueden ser demasiado j贸venes o haber exhibido malos h谩bitos financieros. Si bien los fideicomisarios a煤n tienen una responsabilidad fiduciaria con un beneficiario discrecional, en general deben hacer cumplir la discreci贸n establecida por el otorgante, a menos que exista una carta de intenci贸n espec铆fica del otorgante del fideicomiso que invalide las instrucciones anteriores. Los t茅rminos comunes adjuntos a un beneficiario discrecional incluyen que cumpla 18 o 21 a帽os, se grad煤e de la universidad, se libre de drogas o encuentre un empleo completo antes de recibir los desembolsos. Tambi茅n pueden aparecer otras instrucciones m谩s matizadas de forma individual.

Si bien un beneficiario discrecional suele ser un individuo, un otorgante puede, en ocasiones, nombrar una entidad como una organizaci贸n ben茅fica. Un otorgante a menudo elige hacer esto en lugar de regalar activos a una organizaci贸n ben茅fica durante su vida. En este escenario, se considera que la organizaci贸n ben茅fica, en lugar del otorgante, recibe la distribuci贸n, y ni el otorgante ni el patrimonio adeudar谩n impuestos sobre la renta sobre el monto.

Beneficiario discrecional y otros tipos de beneficiarios

Adem谩s de un beneficiario discrecional, existen otros tipos de beneficiarios y se pueden nombrar cuentas. Estos incluyen un beneficiario designado ; estos son los beneficiarios reales de la propiedad y compartir谩n las ganancias en el momento de la disposici贸n. En algunos casos, como una p贸liza de renta vitalicia, el titular de la p贸liza y el beneficiario designado pueden ser el mismo.

Los beneficiarios absolutos no pueden cambiarse sin su consentimiento por escrito. Los beneficiarios absolutos tambi茅n se conocen como beneficiarios irrevocables y pueden estar asociados con un fideicomiso, un plan de beneficios para empleados, como una pensi贸n, y una variedad de instrumentos o contratos adicionales con una cl谩usula de beneficiario. Por el contrario, un beneficiario revocable no tiene derechos garantizados para recibir compensaci贸n de una p贸liza o un fondo. En este escenario, el propietario de una p贸liza se reserva el derecho de realizar cambios en qui茅n recibe el pago, cambiar los t茅rminos de la p贸liza o rescindir la p贸liza sin el consentimiento del beneficiario revocable.

Varios fideicomisos, testamentos, p贸lizas y anualidades tienen tanto beneficiarios primarios como secundarios. Un beneficiario principal es el primero en la fila para recibir los beneficios tras la muerte del titular de la cuenta o del fideicomiso. Un propietario puede nombrar m煤ltiples beneficiarios primarios y estipular c贸mo se distribuir谩n las distribuciones. Un beneficiario secundario hereda los bienes si el beneficiario principal muere antes que el otorgante. Un beneficiario secundario tambi茅n ser铆a considerado un "beneficiario contingente".

Reflejos

  • Por ejemplo, se puede designar a un ni帽o peque帽o como beneficiario discrecional que solo es elegible para los desembolsos despu茅s de haber cumplido los 21 a帽os o si ha completado la universidad.

  • Un beneficiario discrecional es aquel que solo puede recibir sus derechos si se cumplen ciertas condiciones.

  • Un fideicomisario o albacea de un patrimonio tendr谩 que equilibrar su deber fiduciario con los beneficiarios con las instrucciones de discreci贸n detalladas en un testamento o fideicomiso.