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Comprador Institucional Calificado (QIB)

Comprador Institucional Calificado (QIB)

驴Qu茅 es un Comprador Institucional Calificado (QIB)?

Un comprador institucional calificado (QIB) es una clase de inversionista que puede asumirse con seguridad que es un inversionista sofisticado y, por lo tanto, no requiere la protecci贸n regulatoria que las disposiciones de registro de la Ley de Valores brindan a los inversionistas. En t茅rminos generales, los QIB son inversores institucionales que poseen o administran de forma discrecional valores por valor de al menos $ 100 millones.

La SEC permite que solo los QIB negocien valores de la Regla 144A,. que son ciertos valores que se consideran restringidos o valores de control, como valores de colocaci贸n privada, por ejemplo.

Comprensi贸n de los compradores institucionales calificados (QIB)

La designaci贸n de comprador institucional calificado a menudo se otorga a entidades compuestas por inversionistas sofisticados. Esencialmente, se considera que estos individuos o entidades, debido a su experiencia, activos bajo administraci贸n (AUM) y/o patrimonio neto,. no requieren el tipo de supervisi贸n regulatoria que necesitan los inversionistas minoristas habituales al comprar valores.

Por lo general, un QIB es una empresa que administra una inversi贸n m铆nima de $ 100 millones en valores de forma discrecional o es un corredor de bolsa registrado con al menos $ 10 millones invertidos en valores no afiliados. La gama de entidades que se consideran compradores institucionales calificados tambi茅n incluye bancos, asociaciones de ahorro y pr茅stamo (que deben tener un patrimonio neto de $25 millones), compa帽铆as de inversi贸n y seguros, planes de beneficios para empleados y entidades de propiedad total de QIB.

La definici贸n de QIB es generalmente m谩s limitada que la lista de entidades en la definici贸n m谩s amplia de inversionista acreditado. La antigua definici贸n r铆gida de QIB hab铆a resultado en que algunos inversionistas sofisticados que hab铆an alcanzado el umbral de propiedad de valores de $ 100 millones quedaran t茅cnicamente excluidos de lograr el estado de QIB y, por lo tanto, no fueran elegibles para participar en las ofertas de la Regla 144A.

Para remediar estas deficiencias t茅cnicas y para identificar mejor a los inversores institucionales e individuales que tienen el conocimiento y la experiencia para participar en los mercados de capital privado de EE. UU., el 26 de agosto de 2020, la Comisi贸n de Bolsa y Valores (SEC) adopt贸 enmiendas a la QIB y definiciones de "inversores acreditados".

Las enmiendas de QIB agregaron una disposici贸n a la definici贸n de QIB para incluir cualquier instituci贸n que no est茅 listada espec铆ficamente en la definici贸n de comprador institucional calificado pero que califique como inversionista acreditado y cumpla con el umbral de propiedad de valores de $100 millones. Las enmiendas tambi茅n permitieron que estas entidades se formaran como QIB espec铆ficamente con el fin de adquirir los valores ofrecidos.

QIB y la Regla 144A

Seg煤n la Regla 144A,. los QIB pueden negociar valores restringidos y de control en el mercado, lo que aumenta la liquidez de estos valores. Esta regla proporciona una exenci贸n de puerto seguro contra los requisitos de registro de valores de la SEC.

La regla 144A se aplica solo a las reventas de valores y no cuando se emiten inicialmente; en una oferta t铆pica de valores suscritos, solo la reventa del valor del suscriptor al inversionista constituye una transacci贸n de la Regla 144A, no la venta inicial del emisor al suscriptor.

Por lo general, las transacciones realizadas bajo la Regla 144A incluyen ofertas de inversionistas extranjeros que buscan evitar los requisitos de informaci贸n de EE. UU., colocaciones privadas de deuda y valores preferentes de emisores p煤blicos y ofertas de acciones ordinarias de emisores que no informan.

Estos valores tienen un grado de complejidad que puede dificultar su evaluaci贸n para los inversores minoristas y, por lo tanto, solo pueden ser adecuados para inversores institucionales que tengan la capacidad de investigaci贸n y la experiencia en gesti贸n de riesgos para tomar una decisi贸n informada sobre invertir en ellos.

Regla 144 de la Ley de Valores y Ofertas Exentas

Esta regla rige las ventas de valores controlados y restringidos en el mercado. Esta regla protege los intereses de las empresas emisoras porque las ventas est谩n muy cerca de sus intereses. La Secci贸n 5 de la Ley de Valores de 1933 rige todas las ofertas y ventas y requiere que se registren en la SEC o que califiquen para una exenci贸n de los requisitos de registro.

La Regla 144 ofrece una exenci贸n, permitiendo la reventa p煤blica de valores controlados y restringidos, si se cumplen ciertas condiciones. Esto incluye el tiempo que se mantienen los valores, el m茅todo utilizado para venderlos y el n煤mero que se vende en cualquier venta. Incluso si se han cumplido todos los requisitos, los vendedores no pueden realizar ventas de valores restringidos al p煤blico hasta que se haya asegurado un agente de transferencia.

La importancia de las ofertas exentas ha aumentado tanto en t茅rminos del monto total recaudado como en relaci贸n con el capital recaudado en los mercados p煤blicos registrados. Seg煤n la SEC, en 2019, se recaudaron aproximadamente $2,7 billones (o el 69,2 % del total) a trav茅s de ofertas exentas, en comparaci贸n con $1,2 billones (30,8 %) de las ofertas registradas.

Reflejos

  • El 26 de agosto de 2020, la SEC adopt贸 enmiendas a las definiciones de QIB e inversor acreditado que ampliaron la lista de entidades elegibles para calificar en estas categor铆as.

  • Seg煤n la Regla 144A, los QIB pueden negociar valores restringidos y de control en el mercado, lo que aumenta la liquidez de estos valores.

  • Por lo general, un QIB es una empresa que administra una inversi贸n m铆nima de $100 millones en valores de manera discrecional o es un corredor de bolsa registrado con una inversi贸n de al menos $10 millones en valores no afiliados.

  • Un comprador institucional calificado (QIB) es una clase de inversionista que, en virtud de ser un inversionista sofisticado, no requiere la protecci贸n reglamentaria que las disposiciones de registro de la Ley de Valores brindan a los inversionistas.